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El tribunal acogió la excepción de pago de la Municipalidad de San Javier, tras acredit…

Resumen del criterio jurisprudencial

El tribunal acogió la excepción de pago de la Municipalidad de San Javier, tras acreditar que el pago de $8.000.000 se realizó antes de la aprobación judicial del avenimiento, momento en que no existía saldo adeudado para aplicar el recargo del 50% pactado por retardo en un acuerdo laboral.

El Juzgado de Cobranza Laboral acogió la excepción de pago y rechazó la demanda ejecutiva por cláusula penal contra la Municipalidad de San Javier.El pago íntegro de $8.000.000 se realizó el 5 de marzo de 2025, antes de la aprobación judicial del avenimiento (10 de marzo), por lo que al momento de adquirir fuerza ejecutiva no existía saldo adeudado para aplicar el recargo del 50%.La sentencia interpretó restrictivamente la cláusula penal, negando efectos retroactivos a la aprobación judicial del acuerdo.El tribunal condenó en costas al ejecutante por haber sido totalmente vencido, no obstante reconocer motivo plausible para litigar.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.