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Se interpone recurso de amparo en favor de ciudadano haitiano contra el Servicio Nacion…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se interpone recurso de amparo en favor de ciudadano haitiano contra el Servicio Nacional de Migraciones por rechazo de solicitud de residencia definitiva y orden de abandono del país con prohibición de ingreso por 5 años, fundado en presentación de certificado de antecedentes adulterado. El recurrente alega desconocimiento de la falsificación y falta de notificación personal de los defectos. El Servicio defiende su resolución argumentando que se notificó previo rechazo y el recurrente no subsanó. La Corte considera que el procedimiento administrativo vulneró el debido proceso al no cumplir con la notificación personal exigida en el artículo 37 inciso 4° de la Ley 21.325, y que la sanción de abandono es desproporcionada. Se acoge el amparo, dejando sin efecto la resolución y ordenando retrotraer el procedimiento con nueva citación personal y plazo de 90 días hábiles para acompañar documentos, debiendo el Servicio resolver fundadamente en 60 días hábiles.

Amparo art. 21 Constitución Política

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.