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La existencia de una jornada laboral constituye un derecho social reconocido en la letr…

Resumen del criterio jurisprudencial

La existencia de una jornada laboral constituye un derecho social reconocido en la letra d) del artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966, ratificado por Chile en 1972.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.