Resumen del criterio jurisprudencial
Se resuelve: i.- se confirma el acta de denuncia n°13-4 de fecha 15 de junio de 2016, por cuanto se tipifica el tipo infraccionar tributario denunciado en dicha acta, configurándose lo dispuesto en el artículo 97 n° 4 inciso primero y tercero del código tributario. ii.- apliquese una multa de cien por ciento de lo defraudado por doña laura del rosario diaz alvarez, rut n°7.515.183-7, dicho perjuicio fiscal asciende a la suma total de $11.449.190.- (once millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil ciento noventa pesos). iii.- conforme lo dispuesto en el artículo 6° letra b número 6 del código tributario, dese cumplimiento por parte de la sr. director regional del servicio de impuestos internos, vez ejecutoriada la presente sentencia.