AdministrativoAcoge

Se acoge el amparo deducido en contra de la Policía de Investigaciones, ordenando la en…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se acoge el amparo deducido en contra de la Policía de Investigaciones, ordenando la entrega de información sobre las calificaciones o puntajes obtenidos por el propio solicitante durante el periodo de postulación, y sobre el puntaje más alto y el más bajo aceptado para ser admitido; y sobre la causa por la cual no fue aceptado en la institución, contenida en la Declaración de Historial Personal Lo anterior, por tratarse de información que obra en poder del órgano requerido conforme a sus funciones y obligaciones legales, y por tratarse de documentación elaborada a partir de datos personales y sensibles proporcionados por la propia parte solicitante, o relacionados con ella. Se sigue lo resuelto en las decisiones de los amparos roles C4170-17, C737-19, C1537-20, C2875-21, C395-22, C11117-22, C8098-23 y C1817-25, entre otras. En virtud del principio de divisibilidad, se deberá tarjar la identidad y datos personales de terceros, así como cualquier antecedente que permita identificarlos, en virtud de la Ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada. Atendido el contenido de la información, la entrega deberá efectuarse previa acreditación de identidad de la parte requirente o de su apoderado, en conformidad a lo dispuesto en el numeral 4.3. de la Instrucción General N° 10, de este Consejo. Finalmente, advirtiendo este Consejo que la revelación de la identidad de la parte reclamante da cuenta de su postulación a un proceso de reclutamiento en el cual no resultó ganadora, se reservará su identidad en la presente decisión y en los registros internos y externos de esta Corporación.

amparoDecisión de Fondo

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.