Resumen del criterio jurisprudencial
Se ejerce acción constitucional de amparo contra la resolución de 22 de septiembre de 2026 de la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que confirmó la prisión preventiva del amparado, y contra la resolución de 11 de septiembre de 2026 del Juzgado de Garantía de Valparaíso, que la decretó. El amparo tiene como finalidad controlar la legalidad de las afectaciones o amenazas a la libertad personal y seguridad individual. Conforme al artículo 63 del Código Orgánico de Tribunales, corresponde a las Cortes de Apelaciones conocer en primera instancia de los recursos de amparo. La Corte de Apelaciones de La Serena sostiene que, si la resolución cuestionada fue dictada por una Corte de Apelaciones, ya se cumplió el objetivo de cautela del derecho fundamental. Por ello, no puede pretenderse que el amparo se convierta en un instrumento de revisión anómala e impropia de lo actuado por un tribunal de alzada. En consecuencia, se declaró inadmisible el recurso, con la prevención de la Ministra Sandoval, quien estuvo por declararlo admisible solo respecto de la Corte de Apelaciones de Valparaíso.