Resumen del criterio jurisprudencial
La defensa de Nelson González Valdés recurrió de nulidad contra la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Linares que lo condenó como autor del delito de receptación de vehículo motorizado. Como causal principal invocó la del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, por infracción al debido proceso y a la presunción de inocencia. Sostuvo que se consideró su declaración sin las formalidades legales, a través de funcionarios policiales, y que se invirtió la carga de la prueba al no aportar prueba sobre su coartada. El Ministerio Público solicitó la inadmisibilidad de la causal por falta de preparación y, en subsidio, la remisión de los antecedentes a la Corte de Apelaciones respectiva, por estimar que lo alegado correspondía a la causal del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal. La Corte Suprema advirtió que lo cuestionado se refiere a la prueba, su valoración y la fundamentación de la sentencia, materia que podría ser propia del motivo de invalidación del artículo 374 letra e). En consecuencia, ordenó remitir los antecedentes a la Corte de Apelaciones de Talca para que revise la admisibilidad del recurso y, si corresponde, fije audiencia para su conocimiento y fallo.