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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la consulta de una funcionari…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2018

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la consulta de una funcionaria de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, que preguntó si un diploma de T.I.C.B.I.-Español, obtenido en 1990 en un centro de formación técnica, la habilitaba para percibir la asignación profesional. El dictamen recordó que el decreto ley N° 479, de 1974, exige para ese beneficio un título profesional otorgado por una universidad o instituto profesional, con un programa de al menos 6 semestres y 3.200 horas de clases. Luego indicó que, según la ley N° 18.962 vigente a la época, los centros de formación técnica solo podían otorgar títulos de técnico de nivel superior. Concluyó que el diploma tiene el carácter de título técnico de nivel superior y, por lo tanto, no habilita para percibir la asignación profesional.

Normas citadas

  • dl 479/74 art/3
  • ley 18962 art/31 inc/2
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Un título técnico de nivel superior otorgado por un centro de formación técnica habilita para percibir la asignación profesional del decreto ley 479?

No. En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que el decreto ley N° 479 exige un título profesional de universidad o instituto profesional con un programa mínimo de 6 semestres y 3.200 horas de clases, y que el diploma de un centro de formación técnica tiene carácter de título técnico de nivel superior, por lo que no habilita para ese beneficio.

¿Qué títulos pueden otorgar los centros de formación técnica según la ley 18.962?

En este caso, la Contraloría indicó que, según la ley N° 18.962 vigente a la época, los centros de formación técnica solo podían otorgar títulos de técnico de nivel superior, y no títulos profesionales.

¿Qué requisitos debe cumplir un título para dar derecho a la asignación profesional del decreto ley 479?

En este caso, el dictamen recordó que el decreto ley N° 479 exige un título profesional otorgado por una universidad o instituto profesional, con un programa de al menos 6 semestres y 3.200 horas de clases.

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