Tributario

Inmobiliaria providencia ltda.

Resumen del criterio jurisprudencial

Inmobiliaria providencia ltda. interpuso reclamo en contra de diversos giros emitidos por el servicio de impuestos internos (sii) por aplicación de la sobretasa del artículo 7° bis de la ley n° 17.235, correspondiente a los años 2019 a 2022. alegó que la base de cálculo del impuesto incluyó inmuebles cuyo dominio ya había sido transferido, lo que generó un cobro indebido. argumentos del sii: el sii sostuvo que la base imponible se determinó en base a los registros disponibles al 31 de diciembre de cada año, conforme a la normativa vigente. afirmó que los errores en los registros se debían a omisiones en la entrega de formularios n° 2890 por parte de notarios o conservadores, y que los ajustes se realizan con la información disponible. decisión del tribunal: el tribunal acogió el reclamo, estimando que la base de cálculo utilizada por el sii fue errónea, ya que consideró propiedades que ya no eran de dominio de la contribuyente al 31 de diciembre de cada año. señaló que el sii tiene el deber de procurar que la información tributaria sea actualizada y correcta, especialmente considerando la alta rotación de inmuebles en el giro inmobiliario. se dejaron sin efecto los giros por sobretasa de impuesto territorial correspondientes a los años 2019, 2020, 2021 y 2022. se ordenó al sii emitir nuevos giros, considerando únicamente los bienes que efectivamente figuren como propiedad de la reclamante en el respectivo período.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.