Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema acogió recursos de protección interpuestos por organizaciones indígenas, comerciantes y vecinos de Castro en contra del Ministerio de las Culturas por la declaración de Zona Típica del casco histórico. Los recurrentes denunciaron la infracción de procedimientos administrativos, la ausencia de consulta indígena conforme al Convenio 169 de la OIT, y la falta de notificación pública a interesados. La sentencia estimó que la autoridad administrativa debió realizar un proceso de consulta indígena previo a la prosecución de la tramitación de la declaratoria. Se ordenó al Ministerio efectuar la consulta indígena con las personas y comunidades indígenas del área de influencia, conforme a los estándares del Convenio 169 y el Decreto 66 de 2014.