Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana resolvió el reclamo presentado por EL TURRI SPA contra el Servicio de Impuestos Internos. El reclamo se interpuso el 6 de septiembre de 2016, mientras que la liquidación impugnada había sido notificada el 11 de abril de 2015. El tribunal verificó que el plazo para presentar el reclamo había vencido, conforme al artículo 124 del Código Tributario. En consecuencia, declaró que el reclamo era extemporáneo y no le dio lugar. Se ordenó notificar a la parte reclamante por carta certificada y dejar constancia del fallo en el expediente.