Resumen del criterio jurisprudencial
Se declara no ha lugar al reclamo de avalúo en el que se alegan errores de transcripción o de cálculo, lo anterior fundado en que la reclamante no rindió prueba testimonial y la instrumental agregada al proceso no da cuenta de ninguna información pertinente que permita concluir la existencia de los errores esgrimidos. por su parte, el tribunal señala que la actuación reclamada no fue formulada conforme todos los supuestos y requisitos que exigen las normas legales y reglamentarias aplicables, puesto que del examen de los antecedentes del proceso, se concluye que el predio materia de la reclamación no se encuentra ubicado en una área homogénea diversa a la cual la reclamada incluyó el predio, existiendo en consecuencia yerro en el cálculo del avalúo fiscal, lo cual no podrá ser considerado en la presente decisión por no haber sido pedido ni fue objeto de la litis.