Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Rancagua confirma la sentencia del Juzgado de Policía Local de Rengo que condenó al querellado por colisión por alcance. El querellado apeló argumentando falta de acreditación de la infracción y del monto del daño emergente. La corte aplicó la presunción de responsabilidad del artículo 167 N° 17 de la Ley de Tránsito, no desvirtuada por el querellado. En cuanto al daño emergente, se valoró una cotización conforme a las reglas de la sana crítica. Por ello, se rechazó la apelación y se confirmó íntegramente la sentencia de primera instancia.