Seguridad social

Seguridad social: Ley N° 16.744, Enfermedad profesional

Resumen del criterio jurisprudencial

Ley Nº 16.744. La Orden de Reposo ley N°16.744 o licencia médica se extiende en cumplimiento de una prescripción médica, determinada por un médico en ejercicio de su profesión, y no corresponde que el trabajador acuerde con su empleador realizar otra actividad, modalidad de trabajo o cumpla una jornada distinta a la habitual, en orden a continuar trabajando durante el periodo para el que fue otorgada, una vez que esta ha sido extendida por el médico. Este Dictamen modifica el dictamen de este Servicio

Ley N° 16.744Enfermedad profesional

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.