Resumen del criterio jurisprudencial
El candidato a alcalde por Santo Domingo, Dino Lotito Flores, reclamó contra la Resolución N°G3232 del Servicio Electoral que rechazó su cuenta de ingresos y gastos electorales y desestimó su solicitud de reembolso. El Servicio Electoral observó gastos por $8.520.400 en servicios de asesoría comunicacional y audiovisual, que no fueron informados antes del día de la elección conforme al artículo 44 bis de la Ley N°19.884. El Tribunal Calificador de Elecciones determinó que dichos gastos corresponden a gastos electorales según el artículo 2 letra d) de la misma ley y que, al no haber sido informados oportunamente, deben ser rechazados. Además, la omisión representa un 52,76% de los egresos declarados, lo que constituye una omisión grave que compromete la integridad de la cuenta. En consecuencia, el Tribunal rechazó la reclamación y confirmó la resolución del Servicio Electoral.