Resumen del criterio jurisprudencial
El contribuyente Darío Concha Parada dedujo reclamo contra la Liquidación N°115105000158 del SII, que determinó un mayor Impuesto Global Complementario por el año tributario 2011. El reclamo se fundó en dos aspectos: la deducción por ahorro previsional voluntario (APV) y la pérdida de capitales mobiliarios. El SII objetó que los ahorros se realizaron en parte como trabajador dependiente y en parte como independiente, y que la declaración jurada F1899 mostraba un monto menor. Respecto a la pérdida de capitales, el SII consideró un monto inferior al declarado por el contribuyente. El Tribunal analizó la normativa del artículo 42 bis de la LIR y la Circular 51 de 2008, así como la prueba rendida. Concluyó que el contribuyente tenía derecho a la deducción por APV, pero que la cantidad rebajada excedía el máximo legal, por lo que procedía ajustar. En cuanto a la pérdida de capitales, el Tribunal consideró que el SII no había fundamentado adecuadamente su objeción. Finalmente, acogió parcialmente el reclamo, ordenando reliquidar el impuesto, y rechazó en lo demás, sin costas.