Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero de la región del bio bio, acogió la reclamación teniendo en consideración que, no es posible acreditar que la constancia fue dejada en la carta certifica devuelta, toda vez que esta no consta dentro del proceso ni tampoco en la carpeta de auditoria solicitada por el contribuyente. por lo anterior, al no encontrarse acreditado el cumplimiento de un requisito esencial para el aumento de prescripción, tal aumento no puede ser considerado para el computo de los plazos de prescripción.