Resumen
La Contraloría General de la República tomó razón de la resolución N° 162, de 2010, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, que otorga una concesión de acuicultura sobre una porción de agua y fondo de mar, por ajustarse a derecho. Sin embargo, el organismo precisó que, conforme al inciso final del artículo 80 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, el titular puede acreditar caso fortuito o fuerza mayor para no haber cumplido el plazo de publicación del extracto en el Diario Oficial, y obtener un nuevo plazo que no exceda de tres meses desde la notificación de la resolución que acoge el impedimento, corrigiendo lo indicado en el número 10 de la resolución. Además, recordó que, según su jurisprudencia, toda enmendadura en un acto administrativo debe ser visada por el ministro de fe mediante firma y timbre.