ConstitucionalInadmisible

El militante Andrés Rigoberto Cáceres Bravo dedujo reclamación ante el Tribunal Calific…

Resumen del criterio jurisprudencial

El militante Andrés Rigoberto Cáceres Bravo dedujo reclamación ante el Tribunal Calificador de Elecciones contra el Partido de la Gente por un comunicado interno que le atribuyó malos tratos y actitudes machistas sin procedimiento previo, y por la omisión de los tribunales internos del partido al no pronunciarse sobre sus solicitudes de rectificación y denuncia. Solicitó que se declarara vulnerado su derecho como militante, que se ordenara al partido restablecer el imperio del derecho y abstenerse de nuevos comunicados sancionatorios irregulares. También presentó hechos nuevos sobre una suspensión de sus derechos de afiliado decretada por el Tribunal Regional Metropolitano, la cual impugnó ante el Tribunal Supremo del partido. El Tribunal Calificador declaró inadmisible la reclamación por incompetencia, ya que su competencia se limita a conocer de resoluciones del Tribunal Supremo sobre nulidad o rectificación de escrutinios, recursos de queja contra el Director del SERVEL e infracciones del Título IX de la Ley N°18.603, supuestos que no se configuran en este caso. Advirtió que la tutela pretendida corresponde a los órganos internos del partido y, en su caso, a la sede jurisdiccional competente, como ya lo había señalado la Corte de Apelaciones de Santiago al declarar inadmisible un recurso de protección por los mismos hechos.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.