Constitucional

Se interpone requerimiento de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional en contra…

Informe · Tribunal Constitucional · 2024

Resumen

Se interpone requerimiento de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional en contra del artículo 495 bis del Código Orgánico de Tribunales en relación con el artículo 3º de la Ley 19.390, que fija los 75 años como límite de edad para ejercer el cargo de auxiliar de la administración de justicia. La demandante, Receptora Judicial, fue cesada en sus funciones el 30 de enero de 2024 por aplicación literal de esta norma. Se alega que la norma infringe derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política y en tratados internacionales de derechos humanos. Se ha interpuesto recurso de Reposición con Apelación en subsidio que se encuentra pendiente de resolución.

Normas citadas

  • Artículo 495 bis del Código Orgánico de Tribunales
  • Artículo 3º de la Ley 19.390
  • Artículo 1º de la Constitución Política de la República de Chile
  • Artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República de Chile
  • Artículo 19 N° 16 de la Constitución Política de la República de Chile
  • Artículos 1.1 y 24 de la Convención Americana de Derechos Humanos
  • Artículos 2.1 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
  • Artículos 390, 391, 392 y 393 del Código Orgánico de Tribunales
inaplicabilidadinconstitucionalidadlímite de edaddiscriminación por edadderechos de personas mayoresauxiliar de administración de justiciareceptora judicialigualdad ante la ley

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.