Tributario

El tribunal tributario y aduanero de la región de la araucanía acogió el acta de denunc…

Resumen del criterio jurisprudencial

El tribunal tributario y aduanero de la región de la araucanía acogió el acta de denuncia cursada por el servicio de impuestos internos el 23 de noviembre de 2018 a la contadora doña katia lorena bando salazar, por su responsabilidad en la comisión de la infracción descrita y sancionada en el artículo 100 del código tributario, configurada por el hecho que en su calidad de encargada de la contabilidad del contribuyente valentín segundo marín garcía confeccionó y facilitó a éste cuatro facturas falsas con los números 3, 4, 6 y 7 con membrete del contribuyente y simulando ser documentos emitidos electrónicamente en conocimiento de que dicho contribuyente no tenía autorización para emitir facturas electrónicas. estimó el tribunal en su sentencia que los antecedentes probatorios acompañados por el servicio de impuestos internos, correspondientes a los documentos contenidos en la carpeta de recopilación de antecedentes, resultaban suficientes para acreditar las imputaciones efectuadas por el ente fiscalizador en el acta de denuncia, existiendo constancia en el proceso que la denunciada tenía la calidad de contadora del instituto superior de comercio tiburcio saavedra alarcón de la ciudad de temuco, según constaba de certificado de título adjunto al expediente y que se encontraba a cargo de la contabilidad de don valentín segundo marín garcía, según aparecía de las declaraciones de la propia denunciada y del contribuyente, agregadas en la carpeta de recopilación de antecedentes. también se acreditó en autos, con los antecedentes recopilados por el servicio de impuestos internos, que doña katia lorena bando salazar confeccionó cuatro facturas falsas, emitidas supuestamente por medios electrónicos, con el membrete de su cliente valentín segundo marín garcía, utilizando para ello como plantilla una factura electrónica de un tercero y un programa de edición de archivos en formato pdf, desprendiéndose la autoría y el carácter doloso de la conducta desplegada por la denunciada especialmente de la declaración prestada ante funcionarios del servicio de impuestos internos, en la cual ésta admite expresamente su responsabilidad en la confección de las facturas falsas que simulaban documentos tributarios electrónicos, asumiendo las consecuencias de su proceder.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.