Resumen del criterio jurisprudencial
No procede considerar a la Empresa Aguas Araucanía S.A. como organismo técnico del Estado a efectos de suscribir un convenio mandato para la ejecución de proyectos de agua potable rural.
No procede considerar a la Empresa Aguas Araucanía S.A. como organismo técnico del Estado a efectos de suscribir un convenio mandato para la ejecución de proyectos de agua potable rural.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.