Resumen del criterio jurisprudencial
La reclamante, Comercializadora Minorista Ronitex Ltda., presentó un reclamo ante el Segundo Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago contra el Servicio de Impuestos Internos. El tribunal ordenó a la reclamante cumplir con lo dispuesto en el artículo 125 N°4 del Código Tributario, bajo apercibimiento de tener por no presentada su reclamación. Al no cumplir en el plazo, el tribunal dictó resolución teniendo por no presentado el reclamo. La reclamante alegó entorpecimiento por no haber podido acceder al sistema informático del tribunal debido a problemas técnicos. El tribunal ofició al Departamento de Informática de la Unidad Administradora de los Tribunales Tributarios y Aduaneros, el cual informó que la reclamante sí había accedido al sistema en fechas relevantes. En consecuencia, el tribunal rechazó la solicitud de entorpecimiento, confirmando la resolución que tuvo por no presentado el reclamo.