Resumen del criterio jurisprudencial
Lo cierto es que el criterio de nuestro máximo tribunal de declarar que las acciones y la penas se encuentran prescritas -evitando que el Estado ejerza su jurisdicción penal- nos parece una regla correcta, no solo por el largo período de tiempo transcurrido desde los hechos y el valor supremo de la paz social, sino además, porque una aplicación estricta del principio de irretroactividad penal, haría imposible declarar esos delitos terroristas como de lesa humanidad, ya que la Ley 18.314 fue promulgada varios años antes del Estatuto de Roma y de la Ley 20.357, que recién el año 2009 incorporó a