Resumen del criterio jurisprudencial
Un contribuyente reclama en contra de una liquidación practicada por el servicio de impuestos internos que tuvo su origen en una justificación de inversiones con motivo del aporte en sociedad de la suma de $ 50.000.000. indica que esa no fue la suma aportada sino la de $ 5.000.000, cuestión de la que no se percató cuando firmó la escritura en la notaria. de todas formas indica que esta sociedad nunca funcionó por lo que se le dio término de giro. el servicio por su parte indica que este aporte de $ 50.000.000 figura en un instrumento público que hace plena fe. el tribunal, atendida la prueba acompañada resuelve no dar lugar a la reclamación interpuesta, basado principalmente en el valor probatorio del instrumento público, y en el hecho que la sociedad hizo término de giro con posterioridad a la fiscalización. apelada, la ilustrísima corte de apelaciones de la serena, confirmó la sentencia recurrida.