Otro

No se puede acreditar que el actor haya prestado servicios en régimen de subcontratació…

Resumen del criterio jurisprudencial

No se puede acreditar que el actor haya prestado servicios en régimen de subcontratación para la dueña de la obra, desde que el acuerdo contractual que ligaba a las demandadas se encontraba terminado a la data en que el demandante fue contratado.

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.