Otro

El requisito para la libertad vigilada intensiva estatuido en el numeral 2 del inciso s…

Resumen del criterio jurisprudencial

El requisito para la libertad vigilada intensiva estatuido en el numeral 2 del inciso segundo del artículo 15 de la Ley Nº18.216, no implica que la magistratura esté obligada a decretar la pena sustitutiva al existir informes sociales favorables para el imputado, pues los jueces cuentan con un margen de interpretación legal propio de la función jurisdiccional, y las discrepancias del acusado con dicho criterio no es óbice para deducir el recurso de queja.

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.