La Corte Suprema resuelve que es procedente acoger la demanda de cobro de pesos deducid…
Sentencia · Corte Suprema · 2016
Resumen
La Corte Suprema resuelve que es procedente acoger la demanda de cobro de pesos deducida por el actor basada en un contrato de mutuo, distinguiendo claramente que se trata de una acción diferente a la derivada del pagaré invocado como título ejecutivo. El tribunal establece que la reserva efectuada en el juicio ejecutivo debe corresponder a una acción ordinaria que genere la excepción de cosa juzgada. La jurisprudencia ha establecido reiteradamente que las acciones emanadas de un pagaré como título ejecutivo y las derivadas de un contrato de mutuo son acciones distintas, por lo que lo decidido en una no afecta la otra. El tribunal de alzada actuó correctamente al acoger la demanda, siendo inaplicable el plazo del artículo 474 del Código de Procedimiento Civil a esta situación específica.
Normas citadas
Artículo 98 de la Ley Nº 18.092
Artículo 474 del Código de Procedimiento Civil
pagarétítulo ejecutivocontrato de mutuoacción ordinariacosa juzgadacobro de pesosjuicio ejecutivoacciones diferentes
Lee el documento completo
Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.
Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona
Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.