Resumen del criterio jurisprudencial
La trabajadora Verónica Anaís Fonseca Estrada interpuso demanda contra la Ilustre Municipalidad de Talca por el pago del feriado proporcional correspondiente al periodo trabajado entre el 9 de julio de 2025 y el 31 de enero de 2026. La demandante alegó que, pese a no haber firmado contrato, prestó servicios bajo orden de trabajo y percibió un sueldo mensual de $935.975, por lo que tiene derecho al feriado proporcional previsto en el artículo 73 del Código del Trabajo. La municipalidad sostuvo que la relación se regía por el Decreto Alcaldicio SIAPER S/E N°7018 y la Ley N°21.109, negando la existencia de contrato y el pago del feriado. El tribunal analizó la normativa laboral aplicable, considerando que la ausencia de contrato no excluye la aplicación del Código del Trabajo y que la Ley N°21.109 es supletoria. En consecuencia, se declaró que la municipalidad adeuda a la trabajadora la indemnización por feriado proporcional equivalente a $271.354, con reajustes e intereses, y se condenó al pago de costas.