Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la desvinculación de un trabajador de la Comisión Médica Central de Carabineros de Chile, contratado bajo el Código del Trabajo, tras declararse su salud incompatible con el cargo. El órgano fiscalizador señaló que no le corresponde revisar los datos clínicos que sirven de base a la decisión médica, y desestimó la alegación de falta de notificación de la resolución respectiva, pues el propio interesado reconoció haberla recibido. Concluyó que el cese se ajustó a la normativa vigente. Respecto del feriado pendiente, aplicó el artículo 73 del Código del Trabajo y estimó que, al terminar la relación por una circunstancia ajena a la voluntad del trabajador, éste tiene derecho al pago del feriado proporcional adeudado. Finalmente, indicó que la eventual calificación de acoso laboral corresponde a la autoridad con potestad sancionatoria, quien decidirá si ordena un sumario.