Administrativo

conforme art/32 inc/2 del dto 294/84 obras publicas, las aguas lluvias u otras proceden…

Dictamen · Contraloría General de la República · 1994

Resumen

conforme art/32 inc/2 del dto 294/84 obras publicas, las aguas lluvias u otras procedentes de terrenos vecinos o que se llevan para riego, solo pueden pasar por los caminos y sus fosos en la extension indispensable para poderlos atravesar, dada la topografia y configuracion del terreno, debiendo cruzarlos en acueducto y bajo puentes u obras de arte apropiadas para conducirlas, construidas en forma definitiva segun las normas vigentes. las obras que determine la direccion de vialidad se costean por los duenos de las aguas, debiendo realizarse dentro del plazo que esta fije, el que no puede exceder de 6 meses. por su parte, el codigo de aguas art/95, dispone el establecimiento de servidumbres que gravan los predios intermedios para recibir las aguas provenientes de lluvias o filtraciones que

Normas citadas

  • Ley 15840
  • Codigo de aguas
ContraloríaCGRdictamenaguas

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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.