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Inés Pardo Cea dedujo recurso de protección contra la empresa eléctrica Caren S.A., imp…

Resumen del criterio jurisprudencial

Inés Pardo Cea dedujo recurso de protección contra la empresa eléctrica Caren S.A., imputando la destrucción de parte de su predio rural debido a derrames ocasionados por reiterados rompimientos del ducto de canalización de agua que surte a una central hidroeléctrica. La recurrente alegó que la construcción del ducto no respetó las normas técnicas y estructurales exigidas, poniendo en riesgo su vida y afectando sus derechos fundamentales a la vida y la propiedad (artículo 19 N°s 1 y 24 de la Constitución). La recurrida argumentó que cumplió con todos los requisitos legales y que la acción de protección no era la vía idónea. La Dirección General de Aguas informó que no se constataron deficiencias, pero que el proyecto no ha sido recepcionado ni autorizado para operar. La Corte Suprema consideró que la falta de recepción definitiva de las obras hidráulicas constituye una ilegalidad que debe ser corregida mediante el recurso de protección. Por ello, revocó la sentencia de primera instancia y acogió el recurso, ordenando la suspensión inmediata del flujo de agua hasta que se extienda la recepción definitiva de las obras.

aguasCorte Suprema

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.