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La Contraloría General de la República conoció el reclamo de un recurrente cuya solicit…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

Resumen

La Contraloría General de la República conoció el reclamo de un recurrente cuya solicitud de calificación de exonerado político fue declarada inadmisible, situación que, según alegaba, le impedía acceder a los beneficios de las leyes N° 19.234 y 19.992. El Instituto de Previsión Social informó que el recurrente es titular de una pensión de reparación de la ley N° 19.992 y que la Oficina de Exonerados Políticos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública rechazó su calificación. El organismo concluyó que la calificación del carácter político de la exoneración corresponde en forma exclusiva al Presidente de la República, por lo que no procede que la Contraloría intervenga en esa decisión. Además, como el recurrente no es titular de una pensión no contributiva de la ley N° 19.234, no puede ejercer la opción del artículo 2° de la ley N° 19.992, y por ello no tiene derecho al bono de $3.000.000 previsto en esa misma norma.

Normas citadas

  • ley 19234 art/10
  • ley 19992 art/2 inc/2
  • ley 19992 art/2 inc/3
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede la Contraloría revisar la calificación del carácter político de una exoneración para acceder a beneficios de las leyes 19.234 y 19.992?

No. En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que la calificación del carácter político de la exoneración corresponde en forma exclusiva al Presidente de la República, por lo que no procedía que el organismo interviniera en esa decisión.

¿Se puede acceder al bono de la ley 19.992 si no se tiene pensión no contributiva de la ley 19.234?

No, según este dictamen. La Contraloría sostuvo que, al no ser titular de una pensión no contributiva de la ley 19.234, el recurrente no podía ejercer la opción del artículo 2° de la ley 19.992 y, por ello, no tenía derecho al bono previsto en esa norma.

¿Qué pasa si la calificación de exonerado político es rechazada por la O.E.P.?

En este caso, el Instituto de Previsión Social informó que la Oficina de Exonerados Políticos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública rechazó la calificación, y la Contraloría resolvió que no le correspondía intervenir en esa decisión, por tratarse de una facultad exclusiva del Presidente de la República.

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