Laboral

Tratándose de sistemas especiales de distribución de jornadas de trabajo y de descanso,…

Resumen del criterio jurisprudencial

Tratándose de sistemas especiales de distribución de jornadas de trabajo y de descanso, terminada la licencia médica, el dependiente deberá reintegrarse inmediatamente a las labores si su turno de origen se encuentra laborando, o en su defecto, empezará a gozar o seguirá con su descanso ordinario, en el caso que su turno de origen se encuentre cumpliendo su ciclo de descanso.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.