Resumen del criterio jurisprudencial
Tratándose de sistemas especiales de distribución de jornadas de trabajo y de descanso, terminada la licencia médica, el dependiente deberá reintegrarse inmediatamente a las labores si su turno de origen se encuentra laborando, o en su defecto, empezará a gozar o seguirá con su descanso ordinario, en el caso que su turno de origen se encuentre cumpliendo su ciclo de descanso.