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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Linares condenó a Eduardo Antonio Lobos Torre…

Resumen del criterio jurisprudencial

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Linares condenó a Eduardo Antonio Lobos Torres como autor del delito de homicidio frustrado. Los hechos ocurrieron el 2 de noviembre de 2025, cuando el acusado agredió a la víctima Matías Alberto Tapia Barros con un azadón por la espalda, causándole una herida sangrante en la región parietal derecha con compromiso craneal y riesgo vital. La Fiscalía acreditó el delito mediante la declaración del perito médico legista, quien señaló que la lesión constituía un traumatismo craneoencefálico complicado con fractura de cráneo grave, y la declaración de un funcionario policial que confirmó el riesgo vital. La defensa no logró desvirtuar la acusación. El tribunal consideró que concurrían los elementos objetivos y subjetivos del homicidio frustrado, especialmente el riesgo vital y el medio empleado. Se impuso la pena de diez años de presidio mayor en su grado mínimo, más accesorias legales y el pago de costas. La sentencia no registra votos disidentes.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.