Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Rancagua rechaza el recurso de protección deducido por David Antonio Barra Pidal, funcionario municipal destituido mediante Decreto Alcaldicio N° 1713 de la Municipalidad de Peumo. El recurrente alegaba que el sumario administrativo excedió los plazos legales establecidos en la Ley N° 18.883, vulnerando garantías constitucionales de debido proceso. La Corte determinó que no se comprobó la existencia de acto arbitrario o ilegal en el procedimiento municipal. Se desestimó la acción cautelar sin costas, confirmando la validez del proceso administrativo seguido.