Resumen del criterio jurisprudencial
La notificación por cédula a una de las partes es una gestión útil que interrumpe el plazo de abandono. La parte que encarga la notificación queda tácitamente notificada. No es necesario notificar a todas las partes simultáneamente para interrumpir el plazo. Las normas que consagran sanciones procesales deben interpretarse restrictivamente.