Resumen del criterio jurisprudencial
El candidato a alcalde por Puente Alto, Luis Escanilla Benavides, reclamó contra la resolución N°G2464 del Director del Servicio Electoral, que aprobó con ocho observaciones su cuenta de ingresos y gastos de campaña, autorizó el pago de un crédito por $10.485.121 y la devolución de $2.490.460 por cesión de derechos. El reclamante solicitó subsanar cinco observaciones y obtener un mayor reembolso. Las observaciones impugnadas se referían a gastos de publicidad, trabajos administrativos, asesoría comunicacional, gastos menores y una descuadratura contable. El Tribunal constató que el candidato no reclamó de las observaciones N°12, 13 y 15, por lo que quedaron firmes. En cuanto al fondo, consideró que los gastos observados no cumplían los requisitos legales para su reembolso, por falta de respaldo documental, informes de actividades insuficientes o inconsistencias en la documentación tributaria. En consecuencia, rechazó íntegramente la reclamación.