Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema resuelve un recurso de casación en el fondo interpuesto contra una sentencia de la Corte de Apelaciones que acogió la oposición incidental del Banco Internacional al cumplimiento de una sentencia de precario. El tribunal supremo rechaza la oposición del tercero, estableciendo que un tercero que no ha participado en el juicio no puede oponerse al cumplimiento de una sentencia definitiva y ejecutoriada. La Corte determina que el inmueble del tercero es diverso al objeto de la acción de precario, por lo que carece de legitimación para interponer oposición incidental. Se confirma que el tercero debe ejercer sus derechos a través de las acciones judiciales que correspondan en un juicio de lato conocimiento.