Resumen
La Contraloría General de la República analizó si una docente que posee un título de profesora de educación en artes visuales, de dos semestres de duración, y un grado de licenciada en arte, cumple los requisitos para acceder a la bonificación de reconocimiento profesional establecida en la ley N° 20.158. El organismo concluyó que el diploma de profesora no cumple con las exigencias de duración y carga académica de la ley, y que, al haberse obtenido después de 1990 y antes de la publicación de la ley, tampoco se encuadra en las situaciones de excepción de sus incisos primero a tercero. Respecto del grado de licenciada, precisó que este puede equipararse a un título profesional solo si la universidad que lo otorga declara que es de carácter terminal, es decir, que no conduce a la obtención de un diploma profesional. Por ello, la solicitud podrá prosperar únicamente si la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación certifica ese carácter terminal y se cumple además el otro requisito legal.