Resumen del criterio jurisprudencial
La Sociedad Contractual Minera Compañía Minera Maricunga interpuso reclamación contra las Resoluciones Exentas N° y N° de la Superintendencia del Medio Ambiente, que sancionaron a la empresa con la clausura definitiva del sector de pozos de extracción de agua del Proyecto Minero Refugio, por afectación de humedales altoandinos. La reclamante alegó que la sanción era desproporcionada y que no se consideraron sus descargos. El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación, confirmando las resoluciones impugnadas. La sentencia analizó el procedimiento sancionatorio, la legalidad de las resoluciones y la proporcionalidad de la sanción. Se determinó que la SMA actuó dentro de sus facultades y que la sanción se ajustó a derecho.