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Víctor Manuel Salcedo Godoy interpuso un recurso de protección contra la Caja de Compen…

Resumen del criterio jurisprudencial

Víctor Manuel Salcedo Godoy interpuso un recurso de protección contra la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes por reiniciar descuentos de un crédito social sin el aviso previo exigido por la normativa. La Caja no informó al deudor sobre la deuda ni le otorgó un plazo de 15 días para regularizar, conforme al Compendio de Normas de las CCAF y las circulares de la SUSESO. La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel y acogió el recurso, considerando arbitraria la actuación de la recurrida. La corte sostuvo que el aviso es una condición esencial para el reinicio de descuentos, incluso para créditos contratados antes de abril de 2021 tras la modificación de la Circular N° 3.894 de 2025. Se ordenó a la Caja abstenerse de continuar los descuentos y devolver los montos indebidamente retenidos, sin perjuicio de otras vías de cobro. Además, se remitió copia a la SUSESO para fiscalización.

Acto arbitrarioDerecho de propiedadRecurso de protecciónCaja de Compensación de Asignación Familiar (CCAF)Derechos irrenunciablesCréditos y descuentos de cuotasCaja de compensación de asignación familiar los andesCircular de la superintendencia de seguridad social

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.