El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) resolvió que las autoridades turcas no v…
Sentencia · 2024
Resumen
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) resolvió que las autoridades turcas no violaron el artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos al no prevenir un atentado terrorista ocurrido el 10 de octubre de 2015 en Ankara. El tribunal consideró que las autoridades no tenían conocimiento de una amenaza grave, previsible e inminente específica respecto a la manifestación donde ocurrió el atentado suicida. Se reconoció que las autoridades adoptaron medidas preventivas para asegurar la intervención rápida de servicios de emergencia y que el requirente recibió atención médica adecuada. El tribunal también determinó que el ordenamiento jurídico turco ofreció vías de recurso efectivas en indemnización, satisfaciendo las obligaciones procedimentales del artículo 2. Se otorgó al requirente una indemnización de 3.875 EUR por daño moral.
Normas citadas
Artículo 2 (material) - Convenio Europeo de Derechos Humanos
Artículo 2 (procedimental) - Convenio Europeo de Derechos Humanos
Artículo 34 - Convenio Europeo de Derechos Humanos
Artículo 44 § 2 - Convenio Europeo de Derechos Humanos
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