Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Calificador de Elecciones declara inadmisible la reclamación interpuesta por Claudia Jimena Oyarzo Soto, candidata a concejal por la comuna de San Juan de la Costa, contra la Resolución N°G11942 del Director del Servicio Electoral. La decisión se fundamenta en el numeral 9 del Auto Acordado de 13 de mayo de 2021, que permite declarar inadmisibilidad sin más trámite cuando el escrito carece de peticiones concretas o no se acompaña la documentación requerida. En este caso, la reclamante adjuntó únicamente una liquidación de remuneraciones, sin presentar un escrito de reclamación ni formular peticiones concretas. Por lo tanto, el tribunal resuelve que la reclamación es inadmisible. La resolución fue adoptada por unanimidad de los ministros presentes, aunque uno de ellos no firma el documento. Se ordena registrar, notificar y devolver los antecedentes.