Resumen del criterio jurisprudencial
Valeria Cañas Aranda, liquidadora concursal, interpuso reclamación contra 13 denuncias de infracción del SII por supuesto incumplimiento del artículo 91 del Código Tributario, que exige comunicar la resolución de liquidación dentro de 5 días hábiles. La reclamante sostuvo que cumplió enviando cartas certificadas, pues la norma solo exige 'comunicar' sin especificar forma. El Tribunal Tributario y Aduanero rechazó su argumento, considerando que la comunicación debe ser efectivamente recibida por el SII. En consecuencia, confirmó las multas impuestas, equivalentes al 50% de una unidad tributaria anual por cada infracción. No se condenó en costas a la reclamante.