Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Iquique confirma la sentencia apelada de treinta de marzo de dos mil veintidós. La resolución se pronuncia sobre la improcedencia de invocar nuevos hechos diferentes a los asentados por los jueces de instancia en sede de recurso de casación en el fondo. El tribunal analiza los antecedentes presentados por los intervinientes mediante videoconferencia. La decisión se fundamenta en lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Se ordena registrar y devolver los antecedentes conforme a lo resuelto.