Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Puerto Montt declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto por Linderman SpA en contra de una decisión de la Delegación Presidencial Provincial de Chiloé. El tribunal constató que la sentencia recurrida fue notificada a la parte apelante el 13 de agosto de 2026, mientras que el recurso fue presentado el 25 de agosto de 2026, superando el plazo de 5 días establecido en el artículo 32 de la Ley N°18.287. Por lo tanto, la apelación resultó extemporánea. En consecuencia, se aplicó lo dispuesto en el artículo 201 del Código de Procedimiento Civil y se rechazó el recurso sin entrar al fondo del asunto. La decisión se adoptó en única instancia, sin que consten votos disidentes.