Resumen del criterio jurisprudencial
La resolución del Tribunal Constitucional declara inadmisible el requerimiento de inaplicabilidad presentado por César Domingo López Escobar respecto del inciso segundo del artículo 1° de la Ley N° 18.216, fundamentándose en que la acción deducida carece de fundamento plausible, conforme al numeral 6 del artículo 84 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional. La Ratio Decidendi se centra en que el requerimiento no desarrolla argumentaciones en derecho claras, específicas y delimitadas que permitan acreditar una contradicción constitucional derivada de la aplicación de la norma impugnada en la gestión pendiente. Asimismo, se señala que las argumentaciones presentadas no se apartan de razonamientos ya vertidos en casos similares, donde se han impugnado delitos de menor lesividad, y que el actor no aporta elementos nuevos que permitan justificar la existencia de una vulneración constitucional. Como Obiter Dicta, el Tribunal reitera que, en casos anteriores, ha declarado inaplicables normas similares cuando estas contravienen el principio de proporcionalidad de las penas, garantizado por la Constitución, al establecer penas privativas de libertad sin considerar la gravedad del delito. Sin embargo, en este caso específico, el Tribunal considera que no se configura tal vulneración, ya que los delitos por los cuales fue condenado el actor no se encuentran en el contexto de los tipos penales previstos en la Ley de Control de Armas, donde se ha acogido la inaplicabilidad en otras oportunidades. Además, se menciona que el legislador ha exceptuado del otorgamiento de penas sustitutivas a ciertos delitos graves, lo que responde a la especial lesividad de dichas conductas y a la protección de bienes jurídicos relevantes como la vida, la libertad y la indemnidad sexual. Por lo tanto, al no cumplir con los estándares establecidos por la normativa orgánica, el requerimiento es declarado inadmisible.