AdministrativoAcoge

Se acoge el amparo deducido en contra del SEREMI de Salud Región de Los Lagos, sin perj…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se acoge el amparo deducido en contra del SEREMI de Salud Región de Los Lagos, sin perjuicio de tener por cumplida su obligación de informar con ocasión de la notificación de la presente decisión. Lo anterior, por cuanto en sus descargos el órgano reclamado informó haber realizado las búsquedas respectivas para recabar la información solicitada, no disponiendo este Consejo de antecedentes que conduzcan a una conclusión contraria de aquella sostenida por el órgano requerido, en orden a que no obra en su poder la información reclamada. Sin perjuicio de lo anterior, se representa al órgano reclamado la infracción al principio de facilitación por requerir la subsanación la solicitud formulada de modo improcedente, como también por no derivar el requerimiento de información al Servicio de Salud Osorno y al Gobierno Regional de Los Lagos de conformidad al artículo 13 de la Ley de Transparencia. Finalmente, por facilitación este Consejo derivará al Servicio de Salud Osorno y al Gobierno Regional de Los Lagos la solicitud de información formulada, a fin de que dichos órganos se pronuncien respecto de la información requerida.

amparoDecisión de Fondo

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.