Resumen del criterio jurisprudencial
La Sociedad de Servicios Médicos Emmanuel Ltda., representada por Patricia Arias Muñoz, interpuso un reclamo en contra de la liquidación N° 308101000058 emitida por el Servicio de Impuestos Internos. El Tribunal Tributario y Aduanero de la Región del Bío Bío determinó que el reclamo debía ser presentado con patrocinio de abogado, según el artículo 129 del Código Tributario, ya que la cuantía superaba las 32 unidades tributarias mensuales. Se dio a la reclamante un plazo de 15 días para subsanar la falta, bajo apercibimiento de tener por no presentado el reclamo. Al no cumplir con la carga procesal, el tribunal hizo efectivo el apercibimiento y declaró no presentado el reclamo. La resolución fue dictada por el juez titular Anselmo Cifuentes Ormeño el 23 de agosto de 2016.